El artículo 31 de la Constitución , que todavía está vigente en nuestro país aunque a veces tengo serias dudas, se refiere a los principios tributarios y señala expresamente que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”. Según el Tribunal Constitucional, el nivel de contribución que debe considerarse de alcance confiscatorio se produciría cuando a raíz de la aplicación de los diferentes tributos se llegue a privar al sujeto pasivo de sus rentas y propiedades. (Primera idea)
El artículo 35 se refiere al derecho y deber de trabajar y concretamente dice “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión y oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”. Repito lo ya destacado “remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia“. (Segunda idea)
Preguntas: ¿Con las últimas medidas anunciadas para nuestro Estado, que se rige por la Constitución de 1978, no estamos vulnerando claramente artículos constitucionales recogidos en el Título I de la misma, que deberían gozan de una especial protección en nuestro ordenamiento jurídico?. ¿Con sueldos cada vez más bajos (que dudo que puedan cumplir el artículo 35) e impuestos cada vez más altos (que tienden a vulnerar claramente el artículo 31), hacia dónde vamos?. ¿Es que ser europeo, significa dejar de ser español?
Evidentemente, no quiero decir que estos artículos se hayan cumplido a rajatabla desde el año 1978, pero si el objetivo de incluirlos en nuestra Constitución era el de, por lo menos, tender a ello, con esta crisis y la forma en la que se está intentando atajarla, ni de lejos y encima vamos para atrás. Por cierto, supongo que nuestros gobernantes le harán el mismo caso a la última reforma constitucional, del artículo 135, limitando el techo de gasto de las Administraciones Públicas. Y si no, ya no entiendo nada porque el año pasado se realizó esta reforma decidida con los calores del pleno verano para supuestamente garantizar que no se iban a pasar de un techo de gasto, cuando los derechos que más garantizados deberíamos tener los españoles, como están en la parte dogmática de la Constitución. Pues eso, dogma de fé....
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